Impuestos y obligaciones fiscales de un autónomo
Cuando un profesional decide convertirse en autónomo debe realizar diversos trámites y asume una serie de obligaciones fiscales. El primer trámite que debe cumplir es darse de alta en la Seguridad Social, específicamente en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). ¿Todavía no eres autónomo? quizás te sirva de ayuda nuestra guía de ¿Cómo perder el miedo a emprender?
A su vez, necesita darse de alta en Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), para ello debe presentar los modelos 036 (censo de empresarios y declaración censal de alta) y 037 (declaración censal simplificada). En estos modelos se especifica la actividad que pretende desarrollar y el domicilio fiscal, en caso de que cuente con locales destinados al negocio debe también especificarlo.
Impuestos
Al darse de alta como autónomo se deberá cumplir con una serie de impuestos durante el año, algunos de estos impuestos son obligatorios para todos los autónomos:
- Modelo 130 – retención del IRPF: como autónomo se debe registrar todos los ingresos y los gastos relacionados con la actividad del negocio, al resultado de los ingresos menos los gastos se le aplica un 20% y este monto es lo que se declara como pago a cuenta del IRPF, es un proceso que debe hacerse trimestralmente.
- Los autónomos profesionales quedan exentos de este impuesto, siempre que apliquen la retención a 70% o más de sus facturas.
- Modelo 303 – Impuesto de Valor Añadido (IVA): casi todos los autónomos están obligados a presentar el Modelo 303, sólo están exentos aquellos que se dedican a actividades educativas, sanitarias, deportivas o sociales (actividades exentas de repercutir IVA). Los autónomos cumplen el rol de intermediarios entre el consumidor y la Agencia Tributaria, por tanto, deben incluir el IVA en sus facturas, y pagarlo trimestralmente a Hacienda, una vez deducido el IVA que soportan en las facturas recibidas.
- Modelo 111: es el modelo en que se declaran e ingresan las retenciones trimestrales efectuadas a trabajadores y profesionales. Los autónomos que tienen trabajadores a su cargo o que tengan relaciones mercantiles con profesionales están en la obligación de liquidar la retención de las nóminas o facturas correspondientes.
- Modelo 115: Los autónomos que desarrollan su actividad profesional en un local u oficina arrendada, están obligados como arrendatarios a presentar las retenciones del alquiler a través del modelo 115.
- Modelo 123: cuando un autónomo tiene concedido un préstamo debe presentar el modelo 123, en él debe indicar las retenciones de los intereses de la financiación. Dichas retenciones son del 19% actualmente.
- Modelo 349: los autónomos que mantienen relaciones comerciales con empresas domiciliadas en otros países de la Unión Europea, están obligadas a presentar el modelo 349, en él deben indicar las operaciones realizadas, es una declaración informativa, por lo que se trata únicamente de informar si han exportado o importado productos de un empresa comunitaria.
- Modelo 390: Este modelo es el resumen del IVA anual, resume todos los modelos 303 que se presentaron durante el ejercicio fiscal. El modelo 390 debe presentarse cada año durante el mes de enero, y se presenta únicamente en el caso de presentar modelos 303 trimestrales.
- Declaración de la renta: el autónomo debe incluir en su declaración de la renta, los rendimientos obtenidos en su actividad económica. Los ingresos realizados durante el ejercicio mediante los modelos 130 son pagos a cuenta de este impuesto.
- Modelo 180: en este modelo se resumen todas las retenciones por alquiler contenidas en los modelos 115 presentados durante el ejercicio fiscal.
- Modelo 190: en este modelo se resumen todas las retenciones del ejercicio declaradas trimestralmente a través de los modelos 111.
- Modelo 193: en este modelo se resumen todas las retenciones de los intereses de la financiación que fueron declaradas durante el ejercicio fiscal a través de los modelos 123.
Otras obligaciones de los autónomos
Facturas
los autónomos, de acuerdo con lo establecido por la AEAT, están en la obligación de conservar todas las facturas que emitan y reciban durante el plazo de prescripción. Igualmente, los documentos o justificantes que tengan conexión con la actividad económica deben ser conservados, ya que pueden ser necesarios durante una inspección.
Libros contables
Los autónomos están en la obligación de mantener un registro contable de sus operaciones, para ello deben llevar los libros de contabilidad exigidos en la normativa legal.
Certificado de retenciones
Los autónomos deben entregar el certificado de las retenciones que hayan aplicado (trabajadores, profesionales, arrendadores, etc.)
Es recomendable conservar toda la información referente al negocio, ya que cualquier documento, carta, archivo, factura, registro, entre otros que tenga que ver con la actividad profesional u obligaciones fiscales puede resultar de utilidad en cualquier momento.